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Nuevas flexibilizaciones en CNV: Cambios en actualización de prospectos y ratificación de condición de Emisor Frecuente

  • Martín Bourel
  • 14 jul
  • 2 Min. de lectura

El pasado 4 de julio entró en vigencia la Resolución General N°1073/25 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) la cual, en línea con los objetivos de actualización y eficientización de procesos en los mercados de capitales argentino y el proceso de desregulación nacional, flexibilizó la regulación aplicable a la actualización anual de prospectos y programas globales de emisión en el Régimen General de Oferta Pública y en los Regímenes PYME (la “Resolución”).

En efecto, considerando que existe información alternativa y complementaria que debe publicarse ante la CNV que asegura al público inversor el acceso a los datos necesario para la toma de decisiones, mediante dicha Resolución la CNV estableció que las entidades emisoras podrán optar por no actualizar el Prospecto en los trámites de Programa Global del Régimen General, el Régimen PYME CNV y PYME CNV Garantizada o el de Emisor Frecuente ante la aprobación de nuevos estados financieros, siempre que cumplan con la adecuada divulgación periódica de hechos relevantes e información financiera y aquella información complementaria al momento de la emisión de cada serie y/o clase, mediante un Suplemento detallado.

En caso de que la emisora opte por la actualización del Prospecto, deberá acompañar un informe de contador público independiente que emita opinión sobre la información contenida en dicho documento.

Finalmente, en relación con el Régimen de Emisor Frecuente, la Resolución elimina – además- la obligación de ratificar anualmente tal condición, en tanto la información financiera, económica y legal de las emisoras se encuentre disponible de forma periódica y pública a través de la Autopista de Información Financiera, conforme al régimen informativo vigente. Es importante tener presente que la CNV podrá requerir información adicional ante circunstancias excepcionales o dar de baja la condición de emisor frecuente por incumplimiento de la entidad emisora de los requisitos para su mantenimiento.

Para acceder al texto completo de la Resolución en el Boletín Oficial, ingrese al siguiente enlace: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/327819/20250703?busqueda=1 


Para más información contactar a Canela Vallejos y/o Matías Guarda

 
 
 

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