El 2 de febrero de 2022, la Secretaría de Comercio Interior actualizó, a través de la Resolución 35/2022, el valor de la unidad móvil prevista en la Ley de Defensa de la Competencia, y lo elevó de AR$55,29 a AR$83,45. En consecuencia, los umbrales de notificaciones de concentraciones económicas y las multas aplicables, han sido actualizados.
Las concentraciones económicas deben ser notificadas para su examen previo cuando la suma del volumen de negocio total del conjunto de empresas afectadas supere en el país AR$8.345 millones (aproximadamente US$77,4 millones).
El umbral de minimis para requerir la notificación de dichas operaciones de concentración económica requiere que el monto de la operación y el valor de los activos situados en la Argentina superen AR$1.669 millones (aproximadamente US$15,5 millones), excepto que en el plazo de 12 meses anteriores se hubieran efectuado operaciones que en conjunto superen dicho importe, o el AR$5.007 millones (aproximadamente US$46,5 millones) en los últimos 36 meses, en el mismo mercado.
En caso de que las multas por actos prohibidos no pudieran ser determinadas utilizando los criterios previstos en la ley, la multa no podrá exceder AR$16.690 millones (aproximadamente US$154,9 millones).
En caso de que las multas diarias por notificaciones tardías e incumplimiento a órdenes de cese no pudieran ser determinadas utilizando los criterios previstos en la ley, la multa no podrá exceder AR$62,5 millones (aproximadamente US$580.000).
Contacto :
Ignacio Nicholson in@bplaw.com.ar
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