REPRESENTACION DIGITAL O āTOKENIZACIĆNā DE CIERTOS VALORES NEGOCIABLES.
- BPL
- 26 jun 2025
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Mediante la Resolución General N°1069/2025, la Comisión Nacional de Valores (āCNVā) admitió, por primera vez en la RepĆŗblica Argentina, la representación digital o ātokenizaciónā de ciertos valores negociables, cuya equivalencia funcional es ā en principio - igual a la de las formas tradicionales de representación de dichos valores (i.e. representación cartular o escritural). Esta medida innovativa se encuentra vigente desde el 14 de junio de 2025, en el marco de un entorno seguro de prueba o āSanbox RegulatorioāĀ que implica que, transcurrido el plazo de un aƱo, la CNV podrĆ” evaluar el impacto inicial de la tokenización y la eventual conveniencia de prorrogar su vigencia, asĆ como de realizar cualquier modificación a este rĆ©gimen original (el āRĆ©gimenā).
Valores negociables incluidos en el RƩgimen
En esta primera etapa de prueba, los Ćŗnicos valores negociables que podrĆan representarse digitalmente, mediante el uso de tecnologĆa de registros distribuidos (TRD) o cualquier otra tecnologĆa similar que cumpla con la reglamentación, son (āValores Negociablesā):
Valores representativos de deuda o certificados de participación de fideicomisos financieros con oferta pública; y/o
Cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados con oferta pĆŗblica.Ā
Para admitir la ātokenizaciónā de dichos Valores Negociables, la CNV estableció que los activos subyacentes y/o patrimonio que los compongan se configuren, principalmente, de āactivos del mundo realā (real world assets), u otros bienes admisibles que no sean valores negociables con negociación en mercados habilitados de Argentina (tales como bienes fĆsicos, derechos crediticios, inmuebles, etc.).
Sin perjuicio de lo antedicho, el RĆ©gimen no es aplicable a valores negociables āSociales, Verdes, Sustentablesā (SVS) y los Vinculados a la Sostenibilidad (VS), ni tampoco a aquellos que se emitan bajo rĆ©gimen de oferta pĆŗblica con autorización automĆ”tica.Ā
Emisión y administración de Valores Negociables bajo el Régimen
El emisor que desee adherir al RĆ©gimen deberĆ” solicitar a la CNV la autorización de representación digital de sus Valores Negociables, sea total o parcialmente. Dicha solicitud podrĆ” gestionarse en dos oportunidades:Ā
Al emitir los Valores Negociables (paralelamente deberĆ” gestionar la autorización de oferta pĆŗblica y de representación digital); oĀ
Una vez emitidos y en circulación los Valores Negociables.Ā
El RĆ©gimen permite al emisor variar entre las modalidades de representación tradicional y digital de los Valores Negociables cuantas veces lo estime pertinente, sin que ello implique la emisión de un nuevo valor negociable.Ā
Los Valores Negociables tokeneizados deberĆ”n ser suscriptos, colocados, negociados y custodiados digitalmente en plataformas y/o aplicaciones móviles Ćŗnicamente a travĆ©s de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (āPSAVā), habilitados por la CNV a tal fin. Asimismo, deben depositarse ante un Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN).
Los PSAV, en su carĆ”cter de administradores y custodios de los Valores Negociables representados digitalmente, deberĆ”n contar con canales adecuados para que los inversores puedan ejercer sus derechos polĆticos y económicos, asĆ como con canales de consulta.Ā
Validez y vigencia de los Valores Negociables tokeneizados
Adicionalmente, es importante tener presente que los Valores Negociables cuya representación se haya digitalizado bajo este RĆ©gimen, serĆ”n vĆ”lidos aĆŗn concluido el plazo de Sandbox RegulatorioĀ mencionado al inicio de la presente, salvo que la digitalización no se haya materializado dentro de los dos aƱos de haber obtenido su autorización, en cuyo caso serĆ”n excluidos de pleno derecho del RĆ©gimen. Sin perjuicio de lo expuesto, concluido dicho perĆodo anual, no podrĆ”n emitirse valores negociables bajo este RĆ©gimen. Ā
Beneficios e impacto prƔctico del RƩgimen
Tal como destaca la CƔmara Argentina Fintech, una de las primeras instituciones de Argentina en proponer y apoyar formalmente el RƩgimen, el mismo permite:
Transformar activos existentes en instrumentos digitales de inversión, agilizando y ampliando el acceso a nuevas vĆas de crĆ©dito y financiamiento productivo;
Sentar las bases para un mercado de capitales mÔs dinÔmico y profundo al incorporar soluciones tecnológicas desarrolladas por empresas argentinas especializadas en tokenización;
Ejercer los derechos económicos y polĆticos de los Valores Negociables con trazabilidad, seguridad y estĆ”ndares similares o superiores a los vigentes; e,
Integrar innovación y regulación, demostrando que es factible la construcción de un sistema financiero moderno, confiable y preparado para adoptar nuevos desarrollos tecnológicos.
Destinatarios del RƩgimen
Finalmente, siendo que el RĆ©gimen estĆ” limitado Ćŗnicamente a los Valores Negociables, los sectores de la economĆa que podrĆan acceder a Ć©l serĆan, por ejemplo, el mercado inmobiliario o el agro, siempre que se encuentren basados en un fideicomiso y que cuenten con activos del mundo real tales como bienes inmuebles (edificaciones, campos, departamentos, etc) o bienes muebles (una tonelada de soja, maĆz, etc).Ā
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