ACTUALIZACIÓN DE CRÉDITOS LABORALES EN JUICIOS EN TRÁMITE

INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 55 DE LA LEY N° 27.802

Con fecha 17 de marzo de 2026 la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (la «Sala I») declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad del artículo 55 (el «Artículo 55») de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral (la «Ley de Modernización Laboral») en la causa «Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ despido» (el «Fallo»).

El artículo 54 de la Ley de Modernización Laboral sustituyó el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (LCT) y estableció que los créditos derivados de las relaciones individuales de trabajo se actualizan conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), Nivel General, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC), con más un interés puro del 3% anual (la «Regla General»).

El Artículo 55 exceptúa de la Regla General a los créditos comprendidos en juicios en trámite y pendientes de sentencia definitiva al momento de entrada en vigencia de la Ley de Modernización Laboral (los «Créditos Judicializados»), para los que prevé la aplicación al capital histórico de condena, la tasa pasiva del BCRA, sujeta a un máximo del 100% y un mínimo del 67% del resultado de IPC más 3% sobre el capital actualizado. En la práctica, ello puede implicar una reducción de hasta el 33% del crédito actualizado.

La Sala I señaló que la excepción del Artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral no se funda en la naturaleza ni en la antigüedad del crédito, sino únicamente en que haya sido reclamado en juicio. Por ese motivo, entendió que afecta el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley y el derecho de peticionar a las autoridades (artículos 17, 16 y 14 de la Constitución Nacional, “CN”), así como el principio protectorio (artículo 14 bis de la CN), y dispuso aplicar al caso la Regla General.

El Fallo no deroga el Artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, que continúa vigente, y su alcance se limita al caso resuelto. La cuestión se encuentra controvertida en el fuero laboral, dado que existen pronunciamientos de otras salas que aplicaron el art. 55 y otros que lo consideraron insuficiente o inconstitucional, de modo que su definición podría requerir un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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